¿Dónde puede estacionar el ciclomotor en la ciudad?

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C) En los lugares habilitados o donde lo permitan las ordenanzas municipales

El estacionamiento de motos y ciclomotores en aceras solo está permitido si lo autorizan las ordenanzas municipales. Fuera de eso, en los lugares habilitados de la calzada.

Referencia: Art. 94 RGC y ordenanzas municipales

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