¿Se puede pasar el descanso semanal normal de 45 horas en la cabina del vehículo?

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A) No, debe tomarse fuera del vehículo, en un alojamiento adecuado

Los descansos semanales normales, y los de más de 45 horas de compensación, no pueden tomarse en el vehículo. Los diarios y los semanales reducidos sí, si tiene litera y está estacionado.

Referencia: Art. 8.8 Reglamento (CE) 561/2006

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