¿Dónde son obligatorios los guantes de protección para el motorista?

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A) En las vías interurbanas

Desde el 1 de octubre de 2026, conductor y pasajero de una moto deben llevar guantes de protección en las vías interurbanas. En ciudad son recomendables.

Referencia: Art. 118.1 RGC (RD 518/2026)

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