Normas de la moto
Las motos siguen las mismas normas de circulación que los demás vehículos, con algunas reglas propias sobre permisos, pasajeros, equipamiento y uso de la vía. La reforma del Reglamento General de Circulación que entró en vigor el 1 de octubre de 2026 añadió varias.
Permisos de moto
| Permiso | Edad mínima | Motos que autoriza |
|---|---|---|
| A1 | 16 años | Hasta 125 cc, 11 kW y 0,1 kW/kg. Triciclos de hasta 15 kW |
| A2 | 18 años | Hasta 35 kW y 0,2 kW/kg, sin derivar de una moto de más de 70 kW |
| A | 20 años | Cualquier motocicleta. Exige dos años con el A2 y superar una formación |
- En España, el permiso B con más de tres años autoriza a conducir las motos del A1. Esta equivalencia no vale en el extranjero.
- El permiso B incluye el AM, para ciclomotores.
El examen teórico
- La prueba específica de moto tiene 20 preguntas, se hace en 20 minutos y se aprueba con 2 fallos como máximo (el 10 %). Es la misma para el A1 y el A2.
- Quien no tiene otro permiso debe aprobar también la prueba común, de 30 preguntas y 3 fallos como máximo, que es la del permiso B.
- Si ya tiene el B, no repite la común. Si tiene el A1 y pide el A2, tampoco hace la específica.
Pasajeros
- Solo si la documentación de la moto lo permite.
- Debe tener más de 12 años. Desde los 7, si conduce su padre, madre, tutor o un adulto autorizado por ellos.
- Va a horcajadas, detrás del conductor y con los pies en los reposapiés. Nunca entre el conductor y el manillar.
- Lleva el mismo equipamiento obligatorio que el conductor.
Equipamiento obligatorio
- Casco homologado (UNECE R22) y abrochado, en todas las vías.
- Guantes de protección en las vías interurbanas.
- Calzado cerrado que cubra todo el pie, en todas las vías.
- Un chaleco reflectante en la moto, para ponérselo al bajarse en la calzada o el arcén de una vía interurbana. Los motoristas profesionales lo usan al bajarse en cualquier vía.
- No llevar casco supone la pérdida de 4 puntos.
Luces
Las motocicletas deben llevar encendida la luz de cruce también de día, en cualquier vía.
Velocidad y vías
- Mismos límites que los turismos: 120 km/h en autopistas y autovías y 90 km/h en carreteras convencionales.
- Las motos pueden circular por autopistas y autovías. Los ciclomotores, no.
- Pueden usar los carriles VAO aunque solo vaya el conductor, salvo que se indique otra cosa. Los ciclomotores no.
- Desde 2026, las motos pueden usar el arcén derecho solo en tramos habilitados y señalizados, con el tráfico detenido por congestión, a 30 km/h como máximo y en fila de uno, sin poner en peligro a quienes deben usarlo.
- En algunos semáforos hay una zona de espera adelantada para motos y bicis delante de la línea de los coches.
Remolque
Una moto puede arrastrar un remolque que no supere el 50 % de su masa en vacío, solo de día y con buena visibilidad, con la velocidad máxima reducida un 10 % y sin personas en el remolque.
Otras normas
- Se pueden usar dispositivos integrados en el casco, certificados u homologados, solo para intercomunicación o navegación. Los auriculares con música siguen prohibidos.
- Los ayuntamientos pueden permitir en sus ordenanzas estacionar motos en la acera, sin estorbar a los peatones.
- La moto pasa la primera ITV a los cuatro años de matricularse y después cada dos años.
- Tasa máxima de alcohol: 0,25 mg/l en aire espirado; 0,15 mg/l los dos primeros años de permiso.