¿Puede dar marcha atrás con su vehículo en la vía?
- A)Sí, en cualquier momento
- B)Solo cuando no sea posible otra maniobra, en un recorrido corto y con precaución
- C)Nunca
Ver la respuesta correcta
B) Solo cuando no sea posible otra maniobra, en un recorrido corto y con precaución
La marcha atrás solo se permite como maniobra complementaria, en el recorrido mínimo imprescindible y comprobando que no hay peligro.
Referencia: Art. 80 RGC
Otras preguntas de normas de los vehículos de movilidad reducida
- ¿A qué edad mínima se puede obtener la licencia para conducir vehículos para personas de movilidad reducida?
- Tiene 15 años y la licencia LCM. ¿Puede llevar un pasajero en su vehículo?
- ¿Qué es un vehículo para personas de movilidad reducida?
- ¿Qué velocidad máxima en llano puede alcanzar por construcción un vehículo para personas de movilidad reducida?
- ¿Qué tara máxima tiene un vehículo para personas de movilidad reducida?