¿Pueden circular en paralelo dos vehículos para personas de movilidad reducida por el arcén?
- A)No, está prohibido
- B)Sí, como las bicicletas
- C)Sí, de día
Ver la respuesta correcta
A) No, está prohibido
Los vehículos obligados a circular por el arcén no pueden ir en posición paralela. Solo las bicicletas pueden ir en columna de a dos.
Referencia: Art. 36.2 RGC (RD 518/2026)
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