Como norma general, ¿qué recorrido máximo se puede hacer marcha atrás?
- A)50 metros
- B)El que sea necesario
- C)15 metros, sin invadir un cruce
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C) 15 metros, sin invadir un cruce
La marcha atrás solo se permite como maniobra complementaria, en un recorrido de no más de 15 metros y sin invadir un cruce de vías.
Referencia: RGC art. 81
Otras preguntas de maniobras y distancias
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