¿Puede una motocicleta circular por el arcén para avanzar en una retención?
- A)Sí, siempre que haya retención
- B)No, nunca
- C)Solo en los tramos señalizados que lo permitan, con el tráfico detenido, a 30 km/h como máximo y en fila de uno
Ver la respuesta correcta
C) Solo en los tramos señalizados que lo permitan, con el tráfico detenido, a 30 km/h como máximo y en fila de uno
Desde octubre de 2026, las motos pueden usar el arcén derecho de forma excepcional en tramos habilitados y señalizados, solo cuando el tráfico de los carriles está detenido por congestión, a 30 km/h como máximo y en columna de a uno.
Referencia: Art. 36.3 RGC (RD 518/2026)
Otras preguntas de maniobras y distancias
- Como norma general, ¿qué recorrido máximo se puede hacer marcha atrás?
- ¿Se puede circular marcha atrás en una autopista o autovía?
- ¿En cuál de estos lugares está prohibido el cambio de sentido?
- ¿Cuándo hay que señalizar una maniobra con el intermitente?
- ¿Qué separación con el vehículo de delante se recomienda como mínimo en condiciones normales?